
La Cámara de Comercio de Cali informa que:
En virtud de lo establecido en el artículo 70 de la Ley 2069 de 2020, a partir del 1° de enero de 2022, la Superintendencia de Sociedades es la entidad que supervisa a las Cámaras de Comercio, correspondiéndole decidir los recursos de apelación interpuestos contra las decisiones registrales sobre las cuales proceden los recursos.
A continuación se indican los recursos que se encuentran en trámite:
El 13 de enero de 2025, el señor JUAN FERNANDO ARIAS HERRERA, en calidad de apoderado del señor JOSÉ EGDIBER FRANCO CASTRILLÓN, interpuso recurso de reposición y en subsidio apelación contra el acto administrativo de devolución del 27 de diciembre de 2024, por el cual la Cámara de Comercio se abstuvo de registrar el nombramiento del representante legal principal de la sociedad COMERCIALIZADORA INTERNACIONAL SOLOMETALES S.A.S. CI SOLOMETALES., contenido en el Acta No. 02 – 2024 del 18 de diciembre de 2024 de la Asamblea General de Accionistas, radicada bajo el No. 20240980080.
Mediante Resolución No. 8 del 19 de febrero de 2025, esta Cámara de Comercio resolvió el anterior recurso relacionado con la sociedad COMERCIALIZADORA INTERNACIONAL SOLOMETALES S.A.S. CI SOLOMETALES, confirmó el acto administrativo de devolución y concedió ante la Superintendencia de Sociedades el recurso de apelación interpuesto.
El 10 de marzo de 2025, el señor JUAN SEBASTIÁN AMÉZQUITA PORRAS, interpuso recurso de reposición contra la Resolución No. 319 del 25 de febrero de 2025, por la cual la Cámara de Comercio decretó el desistimiento tácito de la solicitud de inscripción radicada con el No. 20250032913 el 17 de enero de 2025 (RUE 20250072586), correspondiente al cambio de domicilio de la sociedad AGROPECUARIA SOL 7 2 3 LIMITADA EN LIQUIDACIÓN.
Mediante Resolución No. 20 del 31 de marzo de 2025, esta Cámara de Comercio resolvió el anterior recurso relacionado con la sociedad AGROPECUARIA SOL 7 2 3 LIMITADA EN LIQUIDACIÓN y confirmó la decisión contenida en la Resolución No. 319 del 25 de febrero de 2025.
El 26 de marzo de 2025, el señor DIEGO SUÁREZ ESCOBAR, en calidad de apoderado especial de la señora NICOLE DIANE FRANCO PALACIO, interpuso recurso de reposición y en subsidio apelación contra el Acto Administrativo No. 5094 del 18 de marzo de 2025 del Libro IX del Registro Mercantil, correspondiente a la inscripción del Acta No. 43 del 12 de marzo de 2025 de la Asamblea General de Accionistas, la cual se refiere a la remoción del representante legal principal de la sociedad C.I. ACEROS Y METALES DE COLOMBIA S.A.S.. Por lo anterior, la inscripción recurrida se encuentra bajo el efecto suspensivo previsto en el artículo 79 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.